En este artículo te contamos una serie de tips para tener en cuenta al momento de enfrentar los días feriados y la liquidacion de sueldos.

Los días feriados y la liquidacion de sueldos

Muchas veces, en las empresas y más específicamente en el ámbito de la liquidación de sueldos, suelen surgir interrogantes en cuanto a los días feriados y su liquidación. Por eso, a continuación vamos a compartir con ustedes un par de claves para liquidar sueldos de días feriados.

De acuerdo a la Ley de contrato de Trabajo, el empleado no está obligado a prestar tareas en los días que corresponden feriados nacionales, pero de todos modos debe percibir el salario correspondiente a ese día.

En el caso de que el empleado trabaje un día feriado, su empleador debe considerar el pago del día feriado como una remuneración normal, más una cantidad equivalente a ese valor. De esta manera, dependiendo de la forma de pago que sea habitual en el trabajador, la liquidación de sueldo va a requerir determinados cálculos.

La liquidacion de sueldos según la forma de pago

- Si el trabajador tiene un sueldo mensual y trabaja un día feriado, el empleador debe abonar el valor de un día común trabajado y sumarle un día más.

- Si el trabajador es jornalero, y trabaja un día feriado, debe recibir el pago del día o las horas trabajadas, más una cantidad equivalente.

- Si el trabajador cobra comisiones y trabaja un día feriado, el sueldo se determina tomando como base de cálculo el promedio que percibió el empleado en los treinta días anteriores al día feriado. De este modo, en la liquidacion de sueldos de este tipo de trabajadores se debe sumar toda la remuneración de los últimos treinta días y dividir el total por el número de jornadas u horas regulares de trabajo que hay en ese período.

- Si el trabajador trabaja a destajo, se debe considerar como salario base el promedio de lo que ha percibido en los seis días de trabajo anteriores al feriado.

En cuanto a la liquidación de horas trabajadas en un día feriado, se deberán hacer a valor normal, sin embargo esto será diferente en el caso de que se supere el límite establecido de las 8 horas diarias de trabajo. Ese excedente, si ha sido realizado un día feriado, deberá ser cancelado al 100% y sumar al mismo tiempo otro día igual.

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